Ordenan al Gobierno Porteño Cubrir Necesidades Habitacionales

El titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 8 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Osvaldo Otheguy, ordenó como medida cautelar al Gobierno porteño brindar a una mujer y a sus tres hijos menores “la asistencia que le permita superar sus necesidades habitacionales”.

La defensoría al realizar su planteo había señalado que los paradores para la gente sin techo no cumplen con los requisitos que debe tener una “vivienda digna”, según el Pacto de Derechos Económicos y Sociales.

La mujer que presentó el amparo y la medida cautelar vive con sus tres hijos menores, no tiene trabajo, y percibe un subsidio de 600 pesos que le otorgaba el Gobierno de la Ciudad, el cual dejó de percibir en noviembre del año pasado.

El magistrado, por su parte, aceptó el planteo de la Defensoría General, al disponer que dicha asistencia no podría ser cubierta a través de los mentados paradores.

Para el juez, el informe social adjuntado en la causa se presentó como un mínimo soporte probatorio para un análisis de probabilidad como el que caracteriza la decisión sobre una medida cautelar. A su vez –señaló-, el mismo permitió inferir que la actora y su grupo familiar resultarían comprendidos dentro del universo de personas con prioridad a las que se refiere el artículo 31 de la Constitución local.

Según la resolución, ante el reclamo administrativo por la renovación del subsidio, desde el Ejecutivo porteño se respondió que no correspondía la renovación según la legislación vigente.

 

 

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