Ordenan Indemnizar a Mujer Embarazada Despedida Durante el Período de Prueba
Basándose en el incumplimiento del deber de buena fe contractual, la Cámara Laboral decidió que una empresa deberá abonar una indemnización a una mujer embarazada que fue despedida durante el período de prueba. En su resolución, los magistrados tuvieron en cuenta la tutela sobre la mujer embarazada que se encuentra contenida en diferentes tratados internacionales ratificados por nuestro país. Los magistrados destacaron que la accionada tenía conocimiento del estado de la mujer, lo cual queda reflejado al haberle ordenado que se realizase exámenes en un centro médico. Si bien los camaristas al momento de analizar lo expuesto por la empleadora en su defensa, donde expuso que no procedía la indemnización al encontrarse la mujer en el período de prueba, manifestaron que el empleador tiene la posibilidad de evaluar durante el período de prueba la calidad y mérito de las tareas desarrolladas por la dependiente, pudiendo resolver el  vínculo laboral en forma unilateral y sin expresión de causa durante el transcurso de dicho período. A pesar de efectuar tal consideración, los magistrados expusieron que en el presente  caso, la empleadora debió exponer las razones objetivas que fueron determinantes para que se produjese el despido. Los camaristas, expusieron que la tutela de la mujer embarazada es una garantía de carácter constitucional  al encontrarse contenida en tratados internacionales tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer.

 

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