La Cámara en lo Civil y Comercial Federal decidió hacer lugar a una demanda presentada contra la aerolínea española Iberia presentada por pasajeros que perdieron una conexión de vuelos y llegaron a Buenos Aires doce horas más tarde de lo previsto.
En el presente caso, la Sala Tercera de la Cámara sostuvo que "la pérdida de tiempo –que no es otra cosa que pérdida de vida– causada por quien presta el servicio de transporte aéreo constituye un daño cierto, que involucra siempre una acentuación indudable del estado de estrés que padecen los pasajeros".
De acuerdo a lo resuelto por los camaristas Ricardo Recondo y Graciela Medina, la aerolínea deberá indemnizar con la suma de mil quinientos pesos a tres pasajeros que en el año 2006 debían viajar desde la ciudad de Estambul, en Turquía, hasta Buenos Aires, vía Madrid, debiendo cambiar de avión en el punto intermedio del trayecto.
Como consecuencia de que el primer tramo del viaje se demoró más de doce horas, los pasajeros perdieron la conexión que tenían hacia Buenos Aires, llegando con retraso justo en el Día de la Madre.
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