Fallos
Miércoles 15 de Julio de 2009
Para Evitar Evasión, el Banco Central Reglamentó la Transferencia de Dinero
Con el fin de utilizar información que podría ser útil para cruzar información con las bases de datos de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y de la Comisión Nacional de Valores (CNV), el Banco Central de la República Argentina (BCRA), reglamentó la transferencia de dinero desde y hacia el exterior.
Si bien la reglamentación llevada a cabo por el BCRA, tiene por finalidad cumplir con las normativas internacionales en lo relacionado al lavado de dinero, se estima que el BCRA y la AFIP buscan ejercer un mayor control sobre las cuentas de aquellos que operan en el mercado cambiario, con el fin de reducir los niveles de evasión.
De acuerdo a lo contemplado en la nueva normativa, las entidades autorizadas para operar con cambios, tendrán que solicitarle a sus clientes, que incluyan en las transferencias de fondos al exterior, información completa respecto del ordenante, solicitándole a los bancos y casas de cambio, que en caso de no contar con dicha información, los envíos se mantengan pendientes de liquidación en el mercado local de cambios, hasta que se subsanen tales omisiones.
En tal sentido, la reglamentación establece que corresponderá la devolución al emisor, en caso de que en un plazo máximo de veinte días hábiles de la recepción de la transferencia de fondos no se hubiera podido completar los datos restantes.
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