Presentación de Escritos por Email
El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 7  comenzará a recibir mediante una nueva modalidad electrónica sus escritos. Características del sistema y pasos que deben seguir los letrados que deseen adherirse al mismo. Modelo de Acta Acuerdo que deberá ser suscripto para utilizar el sistema. Los pasos a seguir son: 1. Solicitar en la mesa de entradas la adhesión a este sistema. 2. Suscribir un acuerdo. 3. Obtener su cuenta de correo y fijar su contraseña de ingreso. 4. Enviar su primer Email/Escrito al Juzgado a la dirección que se le indicará. A partir de ese momento, usted podrá enviar, sin necesidad de acercarse hasta el Juzgado, sus escritos por Email. Qué hace el Juzgado con su email: 1. El juzgado a primera hora en forma diaria, abrirá la casilla de correo. 2. Imprimirá todos los email/escritos recibidos para las distintas demandas, y le impondrá cargo mecánico de recepción inmediatamente, dejando constancia de su recepción por esta vía. 3. Procederá a agregarlo a su expediente y despacharlo. Usted podrá observar el despacho que su presentación ha recibido, por la via de la consulta normal de demandas por Internet en www.pjn.gov.ar. 4. Si existieran problemas con la red o con el sistema, que incomunicaran al Juzgado con el mecanismo de recepción de estos mensajes, una vez reanudado el sistema, el Juzgado asentará dichas circunstancias, al momento de imponer el cargo respectivo. 5. Si en algún email no se especificara número de expediente y carátula, el juzgado no lo imprimirá y se tendrá por no presentado. 6. No debe adjuntar documentos a su email: Los adjuntos no serán considerados parte del escrito y no se imprimirán, ni se considerarán al momento de ser despachados.   Qué escritos pueden ser enviados por esta via: 1. Solo peticiones de mero trámite, y toda presentación de interés para las partes que se traduzcan  en impulso del procedimiento y que no impliquen agregado de documentación, ni disposición de derechos. 2. Ejemplos: a. Constitución de domicilio. b. Reiteración de oficios y cédulas. c. Solicitar audiencias. d. Autorizaciones. e. Solicitud de transferencia de fondos y giros. f. Requerir se hagan efectivos los apercibimientos. g. Pedidos de clausura de la prueba. h. Requerir intimaciones. i. Pedido de pase a sentencia j. Pedidos de elevación a Cámara. k. Solicitud de intimación de interventores recaudadores. l. Regulación de Honorarios. 3. Las presentaciones que se hubiesen realizado y no estén dentro de las especificadas en el punto 1, quedarán sujetas a ratificación. Qué datos debe suministrar en el email/escrito: 1. Como asunto (subject) y en la primer línea de su escrito/email ingrese el número de expediente seguido de la carátula del mismo. 2. Tipee el texto de su escrito en el mail, recuerde empezar el escrito con el encabezamiento que es el título de su escrito. Corrobore que sea claramente legible antes de su envió. No adjunte ningún documento al mensaje. Los adjuntos no se abrirán ni se imprimirán y no se considerarán parte del escrito. 3. Aclare su tomo, folio y nombre al pie del escrito, para su correcta identificación. 4. Corrobore antes de su envío que las opciones Encrypt Message, Sign Message y Request Receipt (por Mensaje Encriptado, Firmado y acuse de recibo) estén tildadas. Modelo de Acta Acuerdo  En Buenos Aires, a los …… del mes de………………………de …….. el/la Dr./Dra………… ………………………………………………………………………. Tomo …… Folio ……… DNI ……………………….., en adelante el/la letrado/a, y el Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social N° 7, representado por su Secretario/a Dr./Dra……………..... ………………………………………………………………………………………………….., en adelante el Juzgado, acuerdan las obligaciones y derechos de cada parte para el funcionamiento del sistema de recepción de escritos por correo electrónico, en adelante escrito/email. 1. El Juzgado asignará una dirección de correo segura y gratuita al letrado, conjuntamente con la celebración de este acuerdo. Dicha dirección será …………………………………………………………………………………………- 2. El Letrado fijará una clave de acceso personal lo suficientemente extensa como para resguardar el nivel de seguridad de su cuenta de correo, y no la hará saber al Juzgado. 3. La clave es personal e intransferible, sólo la conoce el letrado y no debe comunicársela a ninguna otra persona. El letrado es el único responsable por los escritos/email, o cualquier otra información que se envíe desde esta cuenta, así como también de las consecuencias procesales o de otra índole que implique el uso de la clave en forma indebida. 4. El uso de la cuenta que se ha abierto para el Letrado es de exclusivo uso para este Juzgado y para el fin para el cual se la ha instituido; cualquier otro uso que se haga de la misma excede el marco de este acuerdo, y dicha información no será tenida en cuenta como un escrito. 5. El Letrado usará la página Web que se le indique (www.hushmail.com) para el envío de sus escritos/email, absteniéndose de usar cualquier otro programa o sistema informático para esta gestión. 6. El letrado en cada caso enviará sus escritos/email a dos direcciones posibles: [email protected] y [email protected], pertenecientes a cada una de las dos Secretarías de este Juzgado. 7. El mensaje que el letrado envíe debe sujetarse a las siguientes modalidades, y ante el incumplimiento de alguna de ellas, el Juzgado podrá tenerlo por no presentado.  a. Indicar en el asunto del mensaje (Subject) el nº de expediente y la carátula del mismo. b. Repetir en la primera línea del cuerpo del mensaje el nº de expediente y la carátula de la causa, junto con el título del escrito/email. c. Escribir el contenido del mensaje en el cuerpo del email en forma claramente legible y según las normas que al respecto establecen tanto el C.P.C.C.N. como el Reglamento para la Justicia Nacional. d. No adjuntar al mensaje documentos o incluir archivos que contengan el texto del escrito dentro, ya que los adjuntos no se considerarán parte del escrito/email y serán ignorados por el Juzgado. e. Al pie del cuerpo de su escrito/email indicar Nombre, Apellido, Tomo y Folio para su rápida identificación. f. El letrado SIEMPRE tildará las opciones ENCRYPT MESSAGE, SIGN MESSAGE y REQUEST RECEIPT (Mensaje encriptado, mensaje firmado y acuse de recibo) de las opciones de mensaje (MESSAGE OPTIONS). El juzgado sólo aceptará los escritos/email que cumplan con el tildado referido, toda vez que éste el medio por el cual se corrobora la identidad del emisor a través de la validación de su firma digital. 8. El contenido de los escritos/email que el Juzgado aceptará deberá ser el de escritos de mero trámite que tiendan a impulsar el procedimiento de la causa y que no impliquen disposición de derechos. Todo escrito/email que exceda el marco de lo precedentemente indicado quedará sujeto a ratificación por parte del letrado y/o su patrocinado en su caso, y la notificación de la providencia que lo disponga procederá en los términos del art. 133 del C.P.C.C.N.  9. El Juzgado aceptará todos los escritos/email que el Letrado envíe por esta cuenta, dirigidos a cualquier expediente que tramite por ante el mismo, donde aquél actúe como Apoderado o Patrocinante, inclusive en causas que aún no hubiese iniciado al momento de la celebración de este acuerdo. Si actúa como Patrocinante será requisito que al menos tenga un escrito presentado en soporte papel, firmado por la persona que lo presenta como su Patrocinante en una causa, antes de poder enviar el primer escrito/email dirigido a la cuenta de correo mencionado más arriba; en caso contrario quedará sujeto a ratificación en los términos del punto 8. 10. El Juzgado leerá cada uno de los mensajes entrantes en sus dos cuentas, entre las 7.30 y las 9.30 de cada día hábil, procederá a imprimirlos, a ponerles cargo mecánico y a dejar constancia del mecanismo de recepción usado para los mismos, luego de lo cual su escrito será incorporado al circuito administrativo del Juzgado como cualquier presentación recibida por los carriles tradicionales. 11. Las comunicaciones que se realicen con los Letrados suscriptos en este sistema por este medio, no constituirán notificaciones por parte del Juzgado, toda vez que la finalidad del mecanismo dispuesto y del acuerdo presente es la sola recepción de escritos por parte de la dependencia judicial para facilitar la tarea de procuración del letrado, en concordancia con otras disposiciones que se han tomado en el entorno de nuestro fuero, como la Consulta de demandas vía WEB, la incorporación de los despachos a dicho sistema y el sorteo de demandas vía WEB, etc. 12.  Se hace saber a los Sres. Letrados que el presente acuerdo puede ser dejado sin efecto por manifestación expresa de los mismos, o ante el cierre de la cuenta por haber transcurrido el plazo de su vigencia. Sin perjuicio de ello, en caso de ocurrir el cierre de la cuenta, también se hace saber a los Sres. Letrados que si mantienen interés en el sistema que se implementa, deberán solicitar la apertura de una nueva cuenta ante el Juzgado, previa firma de nuevo acuerdo.  

 

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