Prórroga de la feria fiscal extraordinaria. Nuevas excepciones

El 22 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 4818/2020, emitida el 21 de septiembre de 2020 por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante el cual la feria fiscal extraordinaria se prorrogó del 21 de septiembre al 11 de octubre de 2020, ambos inclusive.

 

En consecuencia, hasta el 11 de octubre de 2020 se encuentran suspendidos los plazos administrativos, excepto:

 

  • procedimientos de fiscalización, que correspondan a la información que sea proporcionada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE);
  • procedimientos de fiscalización, sumariales y de determinación de oficio que se encuentren relacionados con el Régimen de Precios de Transferencia; y
  • procedimientos de fiscalización electrónica.

Por Diego Fraga y Agustina Riggio Nifosi

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Ver Perfil

Opinión

Aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones de acciones y nuevas normas de la IGJ: ¿resurgimiento como opción de financiamiento?
Por Dolores M. Gallo
Barreiro
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan