El 9 de julio se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 455/2021 que prorroga hasta el 6 de agosto inclusive el decreto de necesidad y urgencia 287/2021. Este último había establecido medidas generales de prevención, tales como la restricción a la circulación de las personas, para mitigar la propagación del SARS-Cov-2.
El Decreto 455/2021 también prorroga hasta el 6 de agosto inclusive el decreto de necesidad y urgencia 274/2020 que había prohibido el ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso.
El Decreto está vigente desde el 10 de julio de 2021.
Por Guillermo Matías Osorio y Mercedes Paola Forchiassin
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