Proyecto Ley Bases: Aspectos laborales

Los principales cambios que el Proyecto de Ley Bases pretende introducir al régimen laboral argentino son los siguientes:

Promoción de empleo no registrado, introduce medidas para regularizar la situación de trabajadores no registrados, incluyendo un periodo de blanqueo y moratoria. Se establece la extinción de acciones penales y la eliminación de deudas para las empresas que se adhieran al proceso de regularización laboral, además de la baja en el Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL).

Deroga el sistema de multas o agravamientos indemnizatorios previstos en distintas leyes respecto de, entre otros: falta de registración total o parcial, pago fuera de término de indemnizaciones; y falta de entrega de certificados de trabajo en tiempo y forma (leyes 24.013, 25.323, 25.345).

En sentido coincidente, deroga también el agravamiento indemnizatorio por falta total o parcial de registración para el Personal de Casas Particulares.

Busca simplificar la registración de las relaciones laborales y conservación de documentación, utilizando medios electrónicos, asegurando un mecanismo ágil, simplificado y diferenciado para la confección de los recibos de sueldo. Se establece un sistema de registración con un aporte único para todas las obligaciones emergentes de las relaciones laborales, para empresas de hasta doce (12) trabajadores inclusive.

Se amplía el período de prueba a seis (6) meses, pudiendo las convenciones colectivas de trabajo ampliarlo: a) hasta ocho (8) meses, en las empresas de seis (6) y hasta cien (100) trabajadores; y b) hasta un (1) año en las empresas de hasta cinco (5) trabajadores.

Licencia por maternidad, se introduce la posibilidad para la persona interesada de optar por reducir la licencia anterior al parto, que no podrá ser inferior a 10 días (a diferencia de los 30 días anteriormente previstos).

Despido discriminatorio, regula una indemnización agravada en caso de despido discriminatorio que puede ascender a una suma adicional de entre 50% y 100% de la indemnización por antigüedad, pero poniendo a cargo de quien invoca la discriminación la prueba de la misma. 

 

Fondo de cese laboral, incorpora la posibilidad de sustituir -mediante negociación colectiva- el régimen indemnizatorio por un Fondo de Cese Laboral a cargo del empleador, conforme los parámetros que disponga el Poder Ejecutivo Nacional.

Trabajadores independientes con colaboradores, se crea la figura del “Trabajador independiente con colaboradores” para emprendimientos de hasta 5 trabajadores independientes, basado en una relación autónoma.

Dispone que los empleados de contratistas serán considerados empleados directos de quienes registren la relación laboral y no de la empresa usuaria, sin perjuicio de que esta última continuará siendo solidariamente responsable por las obligaciones laborales del empleador respecto de los empleados afectados a la prestación del servicio. De este modo, se apunta a limitar reclamos por indebida registración de parte de empleados registrados en una empresa distinta de aquella a favor de la cual prestan sus servicios.

 

Por Enrique Betemps, Julio Lococo, Geraldine Moffat y Matías Fuse

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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