El abogado Andrés Gil Dominguez había iniciado una acción de amparo colectiva contra una serie de artículos que están previstos en la ley 26.854, la cual regula las medidas cautelares.
La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal decidió confirmar el fallo que rechazaba la acción de amparo colectiva del letrado.
“El demandante no ha demostrado que se encuentren configurados los presupuestos que la Corte Suprema examinó en el precedente ‘Halabi’ para la admisibilidad de las acciones colectivas”, sostuvo la resolución.
Asimismo, afirma que el modo en que se planteó la acción de amparo, persiguiendo la declaración general de inconstitucionalidad, no configura un caso que pueda habilitar la intervención del Poder Judicial.
La decisión, que confirmó la resolución de la jueza Gilardi Madariaga, fue firmada el 17 de septiembre pasado por los magistrados Clara do Pico, Rodolfo Facio y Carlos Grecco.
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