Rechazan Recurso de Queja Presentado por Padres de Víctimas de Cromañón
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió no hacer lugar a un recurso de queja presentado por un grupo de padres de víctimas de la tragedia de Cromañón, por considerar que dicho pedido era inadmisible de acuerdo a lo establecido en el artículo 280 del Código Procesal y Comercial de la Nación. De esta forma los jueces del Máximo Tribunal ratificaron lo actuado por el Tribunal Oral Nro. 24, quienes habían rechazado el pedido presentado por Ricardo Righi y Nora Patricia Ortiz de Bonomi, padres de víctimas del siniestro ocurrido en 2004 durante un recital. Mediante dicho recurso, los padres de las víctimas buscaban conformar una querella separada del resto de los familiares de las víctimas de la tragedia, debido a que mantienen diferencias con los mismos en relación a las acusaciones que serán efectuadas contra los acusados durante el juicio oral, el cual comenzará la semana que viene. Los magistrados de la Corte desestimaron el planteo basándose en lo estipulado en el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, donde se establece que el máximo tribunal, en aquellos casos que no se trate de una cuestión federal o cuando carezcan de trascendencia, podrán ser desestimados por el alto tribunal según su sana discreción. Por otro lado, es importante destacar que los familiares que presentaron el recurso de queja, fueron recientemente procesados por presunta coacción agravada por haber efectuado amenazas contra diversas personas, entre ellas la magistrada encargada de la instrucción de la causa María Angélica Crotto.

 

Opinión

El nuevo art. 245 bis de la LCT y la reedición de viejos errores del pasado
Por Lucas J. Battiston
PASBBA
detrás del traje
Diego Palacio
De PALACIO & ASOCIADOS
Nos apoyan