Resaltan Requisitos para Tener por Configurada la Discriminación Salarial

Tras remarcar que la empleadora no había brindada ningún fundamento que justificara la variación de las remuneraciones dentro de una misma categoría, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo determinó que se configuró discriminación salarial si quien revestía la categoría de jefe de zona percibía una remuneración superior al salario de quien ostentaba la misma categoría.

 

En la causa “Marin Maximiliano Gaston c/ Arcor S.A. s/despido”, el juez de grado había hecho lugar a la demanda presentada por el actor basado en la discriminación salarial que se le dispensara respecto de otros trabajadores que ocupaban el mismo cargo, al tener por acreditado la sentenciante de grado que quienes revestían la categoría de jefe de zona percibían una remuneración superior al salario percibido por el actor quien ostentaba dicha categoría, sin que la accionada hubiese brindado fundamento alguno tendiente a justificar la variación de remuneraciones dentro de una misma categoría.

 

Al analizar el presente caso, los jueces  que integran la Sala X recordaron que “el art. 81 de la L.C.T. en su primera parte establece que el empleador "... debe dispensar a todos los trabajadores igual trato en identidad de situaciones" y que dicha norma consagra el derecho a la igualdad de trato a favor del trabajador, que encuentra fundamento en el art. 14 bis de la Constitución Nacional y que halla correlato en el deber genérico impuesto al empleador en el art. 17 de la LCT”.

 

En tal sentido, los magistrados agregaron que “esta garantía de trato igualitario resulta asimismo reforzada en materia salarial por el principio constitucional de "igual remuneración por igual tarea" que le impone al empleador el deber de retribuir de igual modo a su personal en igualdad de circunstancias”.

 

Los jueces explicaron que si bien dichas disposiciones no vedan al principal la posibilidad de dar un trato salarial preferente a algunos de sus trabajadores, resaltaron que “en tal caso le impone la carga de acreditar que sus motivaciones son sinceras y objetivamente comprobables, pues lo contrario implica atribuirles un carácter arbitrario, como fundado en su sola voluntad”.

 

En la resolución del 16 de noviembre de 2010, los camaristas confirmaron el pronunciamiento apelado al determinar que el actor ha logrado acreditar “la existencia de un trato salarial peyorativo, que no ha sido objetivamente justificado en la causa”.

 

 

Artículos

Vigilar a los que vigilan
Por Jean Jacques Bragard y Julieta Bello
Bragard
detrás del traje
María José Rodríguez Macías
De BRONS & SALAS
Nos apoyan