Resolución General 100/2020. Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores

En fecha 10 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 100/20 del Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE), con motivo del otorgamiento de una prestación extraordinaria, fijando las siguientes pautas:

 

  • Derogación: Se deroga Resol RENATEA N° 526/15
  • Prestación Extraordinaria: Se aprueba el otorgamiento de una prestación extraordinaria para trabajadores rurales que sean detectados como víctimas de la presunta comisión del delito de Trata de Personas.
  • Requisitos: Para aplicar a la prestación se deberá:

i. Ser Trabajador Rural comprendido en la Ley 25.191
ii. Haber sido relevado en la fiscalización del RENATRE, y estar registrado en el mismo.
iii. Ser presunta víctima de la Comisión del Delito de Trata de Personas

 

  • Solicitud: podrá ser formulada por las Delegaciones provinciales y por la Secretaría de Fiscalización del RENATRE, presentándose el debido formulario firmado por los trabajadores y el responsable pertinente, acompañando la totalidad de la documentación que acredite la condición de víctima de Trata de Personas.
  • Trámite: Deberá presentarse por ante la Subgerencia de Prestaciones por Desempleo conjuntamente con toda la documentación, quien correrá traslado a la Secretaría de Fiscalización, la cual se expedirá en lo que hace a su competencia, con remisión posterior a la agencia de desempleo, abriendo el expediente administrativo pertinente.
  • Compatibilidad: No será incompatible con la Prestación por Desempleo establecida en la Ley 25.191, ni cualquier suma originada en prestaciones contributivas o no contributivas Nacionales, Provinciales, Municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo las prestaciones de las Leyes Nº 24.013 y 24.241, ni de cualquier otra prestación de carácter asistencial.
  • Gastos: Las erogaciones financieras que demande dicho proceso, se atenderán con los recursos financieros del Art.13 Ley 25.191.

Por Pablo Calaza, Nicolás RowinskiAlejandro Díaz Vatrano y Anabella Bianucci

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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