Resolución General Nº 559 de la Comisión Nacional de Valores
logo-zang.gifPor Zang, Bergel & Viñes Abogados Con fecha 18 de agosto de 2009 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General Nº 559 de “Información sobre Normativa Ambiental”, emitida por la Comisión Nacional de Valores en el marco del Convenio de Cooperación Institucional suscripto entre dicho organismo y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de fecha 26 de junio de 2009. Cabe mencionar que el citado convenio establece la mutua colaboración entre las partes teniendo en cuenta los objetivos de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y de la Ley de Libre Acceso a la Información Pública Ambiental Nº 25.831, mediante las cuales se busca promover las prácticas de información ambiental, garantizando el acceso a ella, y asimismo, promover la transparencia institucional en las actividades vinculadas con el ambiente. Como consecuencia de la nueva Resolución, las sociedades que se encuentren en el régimen de la oferta pública deberán informar como hecho relevante: (i) la realización de auditorías ambientales; (ii) los programas de adecuación y su respectivo cronograma; (iii) la contratación del seguro ambiental de la Ley Nº 25.675; y (iv) las medidas implementadas por la empresa para la prevención del daño ambiental. Asimismo, deberán incorporar la información mencionada en los puntos (i) a (iv) en los prospectos de emisión y toda autorización otorgada por los organismos de control de las jurisdicciones en las que desarrollan sus actividades. La Comisión Nacional de Valores mediante el dictado de la Resolución bajo análisis tiene por objeto establecer las normas aplicables a las sociedades con oferta pública, que contemplen en su objeto social actividades consideradas como riesgosas para el ambiente, a los fines de mantener informados a los accionistas, inversores y al público en general sobre el cumplimiento de la normativa ambiental vigente. Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio Zang, Bergel & Viñes Abogados. www.zbv.com.ar

 

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