Resolución N°696/2023: Estrategia Nacional de Finanzas Sostenibles

Mediante la Resolución N°696/2023 (la “Resolución”), de fecha 29 de mayo de 2023, emitida por el Ministerio de Economía de la Nación en trabajo conjunto con la Mesa Técnica de Finanzas Sostenibles de Argentina (“MTFS”), se resolvió la adopción de la Estrategia Nacional de Finanzas Sostenibles (“ENFS”), cuyo objetivo principal es identificar alternativas para movilizar los recursos necesarios para catalizar las inversiones públicas y privadas que contribuyan a alcanzar los objetivos económicos y sociales en el marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (“ODS”) incluidos en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, y contemplando las metas de adaptación y mitigación al cambio climático del país.

 

La estrategia permitirá, asimismo, comenzar el proceso de identificación de los riesgos relacionados al cambio climático a los que están expuestos los distintos participantes del sector financiero, y fortalecer las capacidades de forma transversal tanto del sector público como del sector privado para gestionarlos.

 

La MTFS fue creada en el año 2020 y está compuesta por los principales actores del sector público referentes en la materia de las finanzas sostenibles: el Ministerio de Economía, la Comisión Nacional de Valores, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, entre otros organismos.

 

La ENFS permitirá generar una guía para una implementación más homogénea de acciones tendientes a una mejor gestión micro y macro prudencial de riesgos financieros relacionados con el clima, fortaleciendo de forma transversal las capacidades tanto del sector público como privado. Para ello, la ENFS se divide en cinco (5) ejes estratégicos principales: (i) Marco Normativo; (ii) Lenguaje Común; (iii) Generación de Información, Transparencia, Reporte, Indicadores y Análisis de datos; (iv) Incentivos; e (v) Instrumentos financieros sostenibles. A continuación, un breve resumen de cada uno de ellos.

 

  • Eje Estratégico 1 – Marco Normativo: Busca profundizar la labor de ordenamiento y desarrollo de normativa local conducente al desarrollo de las finanzas sostenibles en el país, adaptándola a las necesidades y nivel de desarrollo del mercado local para generar un marco que permita al mercado operar y crecer sobre bases sólidas.
  • Eje Estratégico 2 – Lenguaje Común: Indaga sobre el desarrollo de un lenguaje y metodologías de evaluación y reporte comunes como paso fundamental para la consolidación del mercado argentino de finanzas sostenibles. Considera, para ello, que la taxonomía debería realizarse siguiendo un procedimiento gradual (ser primero voluntaria para luego ser obligatoria) a fin de facilitar la adecuación de procesos y utilización de la misma por los actores locales.
  • Eje Estratégico 3 – Generación de Información, Transparencia, Reporte, Indicadores y Análisis de Datos: Su objetivo es desarrollar metodologías de evaluación, análisis, indicadores y reporte comunes como paso fundamental para la consolidación del mercado argentino de finanzas sostenibles. Asimismo, desarrollar fuentes fiables de datos que sirvan de base para la toma de decisiones y el establecimiento de objetivos y acciones concretas para el desarrollo de las finanzas sostenibles en Argentina.
  • Eje Estratégico 4 – Incentivos: Propicia la generación de los incentivos correctos para catalizar el mercado de finanzas sostenibles en Argentina.
  • Eje Estratégico 5 – Instrumentos Financieros Sostenibles: Busca profundizar el trabajo ya realizado por entidades públicas y privadas del mercado local para el diseño y desarrollo de instrumentos financieros y proyectos innovadores que estimulen los flujos de capital hacia sectores y actividades que tienen beneficios medioambientales y sociales y que garantizan una transición justa hacia el cumplimiento de los ODS adaptados a la realidad y necesidades de Argentina.

Para más información relativa a la presente Resolución, se puede acceder a ella de forma completa a través de la página web del Boletín Oficial de la República Argentina, mediante el siguiente link: Resolución N°696/2023

 

Por Fernanda Mierez, Manuel Frávega y Luciana Denegri

 

 

Beccar Varela
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