La Resolución de la Secretaría de Comercio Interior 260/2020 (publicada en el Boletín Oficial el 3/9/20), suspendió, con carácter retroactivo, desde el 17/8/20 y mientras se encuentre vigente la suspensión de plazos establecida por el decreto 298/2020 (actualmente, hasta el 20/9/20, inclusive), los plazos procedimentales y procesales en los expedientes en trámite por las leyes 25.156 (Defensa de la Competencia), 26.993 (Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo) y 27.442 (Nueva Ley de Defensa de la Competencia) y por el DNU 274/2019 (de Lealtad Comercial) (Resolución SCI 260/2020, artículos 1° y 2°).
Prorrogó, asimismo, la suspensión de la celebración de audiencias en el Servicio de Conciliaciones Previas en las Relaciones de Consumo, y la suspensión de los plazos, procedimientos y audiencias en el marco del Sistema Nacional de Arbitraje de Consumo, en ambos casos, sin perjuicio de la validez de los actos que se celebren.
No están incluidos en la enumeración del artículo 2° de la Resolución 260/2020 y por ello deben entenderse reanudados desde el 18/8/20, los plazos de los expedientes en trámite bajo la leyes 19.511 (de Metrología Legal), 22.802 (de Lealtad Comercial) y 24.240 (de Defensa del Consumidor).
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