Responsabilizan a Supermercado por Robo de un Auto en su Playa de Estacionamiento
La Cámara Civil decidió condenar a un Empresa de Supermercados a indemnizar a una clienta por la sustracción de su auto ocurrida cuando el mismo se encontraba en la playa de estacionamiento del supermercado. Los miembros de la Sala A, integrada por los doctores Hugo Molteni y Ricardo Li Rosi, argumentaron en el fallo, que la obligación del supermercado deriva del hecho de que el estacionamiento gratuito forma parte de los servicios que la entidad accesoriamente le ofrece a sus clientes. Los magistrados, explicaron, que dichos servicios son accesorios de la actividad principal de la empresa cuya finalidad consiste en permitir una mejor comercialización y una mejor venta de sus mercaderías. Los camaristas, resaltaron que por ofrecer dicho servicio, existe en el supermercado un deber de custodia, guarda y restitución del rodado depositado en el mismo por la clienta. Debido a la sustracción el rodado, ocurrida en el año 2002 en uno de los locales comerciales que posee la cadena de supermercados, dicha empresa, fue condenada a indemnizar a la damnificada con la suma de $8.500. Tal indemnización fue calculada teniendo en cuenta el valor aproximado del rodado.

 

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