La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial resolvió que resulta inadmisible la incompetencia esgrimida por el juez de grado cuando la modificación del domicilio sobreviene a la promoción del pedido de quiebra.
En la causa “Maiocchi Graciela Mónica le pide la quiebra el Banco Credicoop Ltdo”, el peticionario de la quiebra apeló la resolución dictada por el juez de grado donde se declaró incompetente para continuar conociendo en la causa.
Tras explicar que “el pedido de quiebra de una persona de existencia visible debe tramitar, según lo dispuesto por la LCQ. 3:3, ante el juez del lugar donde el deudor posea la administración de sus negocios y, en su defecto, ante el del lugar de su domicilio”, los jueces de la Sala E explicaron que en el presente caso “no habiéndose alegado la calidad de comerciante de la presunta deudora y/o acreditado el lugar donde ésta poseería la sede de la administración de sus negocios, correspondió atender la jurisdicción de su domicilio real al momento en que se inició el juicio”.
En la resolución del 25 de octubre de 2010, los magistrados resolvieron que “resulta inadmisible la incompetencia esgrimida cuando la modificación del domicilio sobreviene a la promoción del pedido de quiebra”, ya que “un temperamento diverso importaría reconocerle a la accionada, un mecanismo potestativo tendiente a frustrar eventualmente la persecución de sus acreedores, pese al inicio y tramitación sustancial del pedido de quiebra en la jurisdicción del domicilio por entonces vigente”.
En base a lo anteriormente señalado, resolvieron hacer lugar al recurso deducido por el Banco Credicoop Coop. Ltdo y en consecuencia revocar la resolución apelada.
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