El pasado 21 de febrero de 2022, la Dirección General Impositiva (DGI) mediante la Resolución No 223/022, actualizó la lista de países, jurisdicciones y regímenes especiales, considerados de baja o nula tributación.
La lista actualizada no presenta mayores cambios a la establecida por Resolución DGI N° 2440/2021, habiéndose en esta oportunidad excluido solamente a Antigua y Barbuda, Brunéi y Commonwealth de Dominica. No se incorporaron nuevos países o jurisdicciones al listado.
La Resolución deja constancia que los países, jurisdicciones y regímenes especiales actualmente incluidos, quedarán excluidos a partir de que resulte plenamente aplicable con los mismos el intercambio de información a requerimiento, y que se encuentre activado bilateralmente el intercambio de información sobre cuentas financieras con fines tributarios.
Estas listas, se realizan por la DGI en aplicación de los criterios definidos por el Poder Ejecutivo en el Decreto N° 40/017, y que expresamente le encomendó a dicho organismo la confección del listado.
Cabe recordar que la categorización de dichos países, jurisdicciones y regímenes BONT, resulta de gran trascendencia a partir de la Ley N° 19.484 -de transparencia fiscal internacional-, que consagró un régimen de tributación más gravoso para las entidades BONT que obtuvieran rentas en Uruguay o mantuvieran activos en el país.
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