A través de la Resolución N° 408/2021 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial el 11/05/2021, se aprueba la “Programación Estacional de Invierno Definitiva” para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) y para el Mercado Eléctrico Mayorista de Tierra del Fuego (MEMSTDF) correspondiente al período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2021 (conf. procedimientos detallados en el Anexo I, Res SE 61/92).
Se establece que, durante el período mencionado y para la demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores de ambos mercados, se mantendrán los valores aprobados por la Resolución de la Secretaría de Energía N° 204/2021, para el periodo que va desde el 1º de abril de 2021 hasta el 30 de abril de 2021, correspondientes a los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de Energía (PEE).
Ello, se argumenta, en virtud de que se considera oportuno, en virtud de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, que las tarifas de los servicios públicos en cuanto, al POTREF, el PEE y el Precio Estabilizado del Transporte (PET) en el MEM y MEMSTDF se refiere, se mantengan a idéntico valor que el vigente al 1º de abril de 2021. Tales valores son:
Precios POTREF, PEE y PET (MEM) período 1 de mayo al 31 de Octubre 2021 (Conf. Res. SE 204/2021)
Precio de Referencia Precio Estabilizado de la Energía
de la Potencia (PEE)
($POTREF) Hs Pico Hs Resto Hs Valle
($PER.PICO) ($PER.RESTO) ($PER.VALLE)
$/MW-mes $/MWh $/MWh $/MWh
Grandes Usuarios 80.000 5.748 5.500 5.251
de Distribuidor ≥
300 kW-GUDI
Grandes Usuarios 80.000 3.042 2.911 2.779
de Distribuidor ≥
300 kW –
ORGANISMOS PÚBLICOS
SALUD/EDUCACIÓN
Demanda General 80.000 2.122 2.025 1.928
Distribuidor –
NO RESIDENCIAL
Demanda Distribuidor 80.000 1.852 1.764 1.676
RESIDENCIAL
Precios POTREF y PEE (MEMSTDF) – (Conf. Res SE 12/2021)
Precio de Referencia Precio Estabilizado de la Energía
de la Potencia (PEE) MEMSTDF – DPE – USHUAIA
(SPOTREF- Hs Pico Hs Resto Hs Valle
$/MW- mes) ($PER.PICO- ($PER.RESTO- ($PER.VALLE-
$/MWh) $/MWh) $/MWh)
Grandes Usuarios 0 1.650 1.650 1.650
de Distribuidor ≥
300 kW
Demanda General 0 1.650 1.650 1.650
Distribuidor
Precio de Referencia
de la Potencia MEMSTDF – COOP - RIO GRANDE
(SPOTREF- Hs Pico Hs Resto Hs Valle
$/MW- mes) ($PER.PICO- ($PER.RESTO- ($PER.VALLE-
$/MWh) $/MWh) $/MWh)
Grandes Usuarios 0 1.500 1.500 1.500
de Distribuidor ≥
300 kW
Demanda General 0 1.500 1.500 1.500
Distribuidor
Mantiene a su vez los valores correspondientes a cada agente distribuidor del MEM por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal. (conf. Disp. SSE 75/18).
Valores (MEM) por el Servicio Público de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión y por Distribución Troncal, (Conf. Disp. SSE 75/2018)
Precio de Precio Estabilizado Precio Estabilizado
Referencia de Energía (PEE) para el Transporte
de la potencia (PET)
(SPOTREF- Hs Pico Hs Resto Hs Valle Extra alta Distrib.
$/MW- mes) ($PER.PICO- ($PER.RESTO- ($PER.VALLE- tensión Troncal
$/MWh) $/MWh) $/MWh) ($PEAT- ($PDT-
$MWh) $MWh)
Grandes
Usuarios 10.000 2.283 2.174 2.065 64.0 (*)
de
Distribuidor
≥ 300 kW
Demanda 10.000 1.470 1.400 1.330 64.0 (*)
General
Distribuidor
Acceda al texto completo de la norma aquí.
Por Agustín Siboldi
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