El 6 de abril del 2021, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 249/2021 (en adelante la “Resolución N° 249/2021”) de la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía (en adelante la “Secretaría”). Mediante los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 249/2021 se sustituyeron los Anexos I, II y III de la Resolución N° 70 del 1 abril de 2015 de la Secretaría del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Los nuevos Anexos forman parte integrante de la Resolución N° 249/2021.
Así, los Precios Máximos de Referencia para los productores vigentes a partir del 6 de abril del 2021 se encuentran contemplados en el Anexo I de la Resolución N° 249/2021. Por su parte, en su Anexo II se establecieron los Precios Máximos de Referencia a partir del 6 de abril, 1° de mayo y 1° de junio del corriente año para los segmentos de Garrafas de 10kg, 12kg y 15kg, según corresponda al fraccionador, distribuidor y al precio de venta al público. A su vez, en el Anexo III de la Resolución N° 249/2021 se encuentran contemplados los apartamientos máximos permitidos por jurisdicción a partir del 6 de abril del 2021.
Asimismo, mediante art. 4 de la Resolución N° 249/2021 se ordenó sustituir el Punto 11.2. del Programa Hogares con Garrafas (Programa Hogar), aprobado por la Resolución N° 40 de fecha 31 de marzo del 2015 de la Secretaría del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. De esta manera, el monto del Subsidio por Garrafa para los meses de abril, mayo y junio del corriente año será de $326, $332 y $338, respectivamente, por garrafa.
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Por Agustín Siboldi
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