El 20 de octubre de 2026 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1228/2026. Allí se modifica la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), creado por la Ley 27802 de Modernización Laboral.
La norma prorroga hasta el 1.° de diciembre de 2026 la entrada en vigencia del régimen, que estaba prevista para el 1.° de noviembre de 2026.
Asimismo, extiende de 6 a 12 meses el período de carencia durante el cual los empleadores no podrán utilizar los recursos acumulados en sus cuentas FAL para atender las obligaciones laborales comprendidas en el régimen.
Este plazo se computará desde el mes calendario en que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) registre la integración efectiva de la primera contribución del empleador y deberá abarcar 12 períodos mensuales completos y consecutivos de devengamiento y pago.
Por José M. Llano, Diego S. Kelly, Francisco Abeal, Mercedes Paola Forchiassin y Martín Iván Lanús
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