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Viernes 02 de Noviembre de 2012
Sentencia de perdida de equipaje internacional
¨Presenta la particularidad de que el juez fija que debe darse la liquidacion de sentencia teniendo presente el limite de responsabilidad de 1131 DEg por pasajero del Convenio de MOntreal. Se trato de un equipaje familiar despachado, se hizo lugar a la acción de los dos reclamantes marido y mujer aunque el talon de equipaje fue confeccionado a nombre de uno solo. Teniendo en cuenta la redaccion del Convenio le corresponden 1131 DEg a cada uno.
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