Energía de San Juan S.A., (“ESJ”), una compañía argentina dedicada a la comercialización de energía eléctrica, recibió un préstamo sindicado por un monto de $ 75.000.000, destinados a financiar capital de trabajo y con vencimiento a los 30 meses a partir de la fecha de desembolso. Asimismo, las partes acordaron la constitución de un fideicomiso en garantía con afectación al pago de los servicios bajo el Préstamo, en virtud del cual ESJ cedió un porcentaje de las cobranzas derivadas de su actividad comercial. Banco de Servicios y Transacciones S.A., Banco Itaú Argentina S.A., Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Banco de San Juan S.A., Banco Provincia del Neuquén S.A., Banco Supervielle S.A.y Banco ComafiS.A. actuaron como prestamistas. Asimismo, Banco de Servicios y Transacciones S.A. actuó como organizador y agente administrativo.
ESJ fue asistida por el Estudio Bosch, a través de su socio Hernán López Mazzeo.
Tavarone, Rovelli, Salim & Miani actuó como asesor legal de los bancos a través de un equipo integrado por el socio Marcelo R. Tavarone y las asociadas María Eugenia de Carvalho y Clara Berisso.
Asimismo, Banco de Servicios y Transacciones S.A. fue también asistido por su abogada interna Paula de la Serna, en tanto que Banco Itaú Argentina S.A. fue también asistido por su abogado interno Francisco Cornejo.
Opinión
Beccar Varela
opinión
ver todosFernando Varela & Asociados
Kabas & Martorell
Alchouron, Berisso, Balconi, Fernández Pelayo & Werner
Noetinger & Armando