La justicia alemana falló en contra de Argentina

El magistrado Hans-Ulrich Joeres del Tribunal Federal de la ciudad de Karlsruhe dispuso que el país pague intereses devengados a los tenedores de bonos en default que no ingresaron a los canjes de deuda.

 

La defensa Argentina, por su parte, había alegado que el derecho internacional "permite a los países por defecto retener los pagos de todos sus bonos si se llega a un acuerdo con la mayoría de los acreedores".

 

Este argumento fue desestimado por el magistrado, que indicó lo siguiente: "Ni la crisis financiera de 2008 y 2009, ni las medidas de Europa de rescate para Grecia y Chipre establecieron una regla general de que los acreedores de un Estado en una angustia económica y financiera deben participar en una reestructuración".

 

Si bien la suma es infinitamente inferior a la involucrada en la causa principal que trata el juez estadounidense Thomas Griesa (ya que el monto de los intereses devengados es cercano a los seis mil euros), esta sentencia se convierte en un nuevo revés para el país.

 

No obstante, el Ministerio de Economía difundió un comunicado en el que aclara que "el fallo de la Justicia alemana del día de la fecha se inscribe entre los más de 600 litigios por montos menores que existen actualmente en dicho país (en este caso, el reclamo es por alrededor de 6.000 euros), y no constituye ninguna novedad procesal ni revés para la República Argentina, toda vez que por ser un Estado Soberano goza de inmunidad de ejecución".

 

 

Artículos

Modificaciones a la Ley de Fondos de Inversión en Uruguay
Por Raul Vairo y María José Fernández
POSADAS
detrás del traje
Marcelo Jaime
De MARCELO JAIME ABOGADOS & CONSULTORES
Nos apoyan