Actualizan Aranceles y Modifican Requisitos a los Conciliadores Laborales

Por medio de una resolución conjunta, el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Justicia incrementaron los valores del régimen de retribución y aranceles del servicio de conciliación laboral obligatoria.

 

Tal actualización en los honorarios y aranceles de los conciliadores laborales se produjo a través de la Resolución Conjunta 1304/10 (MTESS) Y 3222/10 (MJSDH), donde los ministerios expresaron que “teniendo en cuenta los datos de la situación social y económica como los objetivos del instituto, han tornado escasos los importes de los honorarios y aranceles vigentes en la actualidad”.

 

Tras la actualización, el arancel fue fijado en la suma de 150 pesos, por cada trabajador que fuera parte de la conciliación, mientras que el honorario básico quedó establecido en 65 pesos.

 

También en el marco del régimen de conciliación obligatoria laboral regulado por Ley 24.635, los mencionados ministerios establecieron una limitación zonal para los domicilios de las personas que se desempeñan como conciliadores obligatorios para brindar una mayor operatividad al sistema.

 

Por medio de la Resolución Conjunta 1305/10 (MTESS) y 3223/10  (MJSDH), se dispuso que las audiencias deben realizarse en un radio delimitado por Avda. Leandro N. Alem, Belgrano, Pueyrredón y Santa Fé, otorgando un plazo de 18 meses para que se ajusten los actuales domicilios.

 

 

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