Los funcionarios de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), luego de una inspección, impugnaron las declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de la empresa Modelan SA y determinaron una deuda a dicho tributo.
El fisco sostuvo que la firma había computado facturas correspondientes a una contribuyente que se encontraba en la Base APOC del organismo y, por ende, no debía tomarlas en cuenta.
En su defensa, la empresa consignataria de hacienda presentó los comprobantes emitidos por el Senasa, obligatorios para operar en el mercado, como prueba de la existencia de la factura.
Por otra parte, la compañía afirmó que las guías que aportó fueron chequeadas y aprobadas por la Policía Federal y por la ONCCA. Allí se informa la mercadería que se transporta.
Además, Modelan SA exhibió los movimientos bancarios donde se pueden corroborar los pagos realizados por la firma, a quien prestó el servicio considerado inexistente por los inspectores del fisco.
En tal sentido, el Tribunal Fiscal de la Nación (TFN) avaló la postura de la sociedad indicando que "el incumplimiento de las obligaciones fiscales no resulta una circunstancia que, por sí sola, habilite a la tacha de apócrifodel mencionado proveedor".
Asimismo, los magistrados sostuvieron que la firma había demostrado que las transacciones fueron respaldadas correctamente y desestimaron el planteo de la AFIP con respecto a que la Base APOC era suficiente para anular todas las operaciones.
"Corresponde revocar las resoluciones apeladas", concluyeron los vocales debido a que se "ha probado acabadamente la veracidad de las operaciones impugnadas por el fisco nacional".
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