El 25 de septiembre de 2026 se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigencia, la Resolución N° 739/2026 (la “Resolución”) a través de la cual la Administración Nacional de Aviación Civil (“ANAC“) derogó la Resolución ANAC N° 522/2023 y aprobó la nueva “Regulación de los Servicios Médicos de los Aeropuertos de la República Argentina”.
Esta actualización responde a la necesidad de revisar el régimen de Sanidad Aeronáutica e incorporar un principio de adecuación y proporcionalidad técnica de los recursos sanitarios. De este modo, la regulación busca evitar tanto la insuficiencia de medios como la asignación de recursos desmedidos frente a las necesidades operativas reales de cada terminal, fijando niveles de prestación diferenciados determinados mediante evaluación técnica y preservando la seguridad operacional.
Asimismo, la norma delimita expresamente la atención ambulatoria de primeros auxilios (no derivada de un accidente o emergencia aérea), cuya responsabilidad recae en el explotador del aeródromo o explotador aéreo, respecto de la respuesta ante emergencias aeronáuticas, la cual se articula a través del Plan de Emergencia de cada aeropuerto en el marco del Capítulo E de la Parte 153 de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC).
La Resolución establece que los explotadores de aeródromos deberán adecuar sus servicios médicos e instalaciones a los nuevos lineamientos dentro del plazo de 60 días corridos contados a partir de su publicación oficial (es decir, hasta el 24 de noviembre de 2026).
Por Mariano F. Grondona y Lucila Guerrero
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