Buscan Limitar por Ley las Clausuras de ARBA

Con el fin de modificar la reglamentación del recurso de apelación que puede interponerse ante una sanción de clausura impuesta por la Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA), fue presentado un proyecto de ley que pretende modificar el artículo 67 del Código Fiscal.

 

Ante las clausuras dispuestas por los agentes de ARBA en el marco de los operativos llevados a cabo  a fin de comprobar las infracciones a la ley tributaria, los contribuyentes tienen la posibilidad de solicitar la intervención de un juez penal, para que por medio de un recurso de apelación, normado en el artículo 67 del Código Fiscal, revea la sanción impuesta.

 

Pero la normativa, establece que dicho recurso se concederá con efecto devolutivo, por lo que aunque se apele la medida, la clausura continúa cumpliéndose.

 

El proyecto de ley presentado por el diputado bonaerense Carlos Nivio, prevé modificar el efecto con que actualmente se concede el recurso de apelación, para que la efectivización de la clausura deba suspenderse hasta que el juez natural entienda en forma definitiva en el asunto.

 

Entre sus argumentos, el legislador sostuvo que la aplicación de la clausura por parte de ARBA, implica una invasión a las facultades del Poder Judicial, debido a que al concederse el recurso de apelación con efecto devolutivo, el órgano del Poder Ejecutivo puede aplicar y hacer efectivas sanciones de carácter penal sin control previo de los jueces.

 

 

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