Condenan a Prisión a un Hombre por Incumplir con las Obligaciones Alimentarias

La Justicia en lo Correccional, de Garantía y de Menores de Tartagal fijó una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional para un hombre que no pasaba alimentos.

La juez, Sandra Torres, condenó a un hombre a seis meses de prisión de ejecución condicional imponiéndole -como regla de conducta- terminar sus estudios secundarios siguiendo el plan para adultos de tres años de cursado por incumplir con las obligaciones alimentarias.

Los motivos por los que el hombre se negaba a llevar a cabo dicha tarea era que su ex concubina “tenía trabajo” (refiriéndose al cobro de un plan social). “Si ella ya está cobrando, para qué le voy a pasar”, fue una de las frases que el hombre sostuvo durante la audiencia de debate.

De esta manera, el magistrado lo encontró irresponsable y desentendido ante las obligaciones que los tres hijos le demandan. También, se observó “el efecto negativo de los planes sociales” ya que el hombre sostuvo durante la audiencia que no salía a buscar empleo porque su mujer “ya tiene un beneficio social”.

Una de las fundamentaciones que la jueza otorgó para imponer la regla de conducta de cumplimentar su educación secundaria conforme a los planes de educación para adultos en el período lectivo (que iniciará el próximo año) es que la creencia de que no posee obligaciones porque la mujer cobra el salario es una muestra de "ignorancia total".

También, se le impuso la obligación de abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas ya que lo cobrado muchas veces era utilizado con ese fin y, de esa manera, se incumplía con las obligaciones alimentarias.

 

 

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