La Comisión Nacional de Valores (CNV) publicó su Resolución General 591/11, donde rectifica un error material respecto del art. 11 del Capítulo XXVI a fin de lograr su correcta y completa transcripción e incorporación en el Texto Ordenado de las Normas de RG 590/11.
Las resoluciones publicadas se refieren a disposiciones normativas sobre la remisión documental de las Asambleas de Accionistas de las sociedades emisoras, con especial consideración a los plazos a observarse.
La nueva resolución subsana la Nº 590 de fecha 22 de septiembre de 2011 reforma los artículos 4º del Capítulo II y 11 del Capítulo XXVI, en cuya correcta transcripción se detallan los documentos informativos que deben presentar ciertas entidades ante la CNV, y la periodicidad con la que deben hacerlo.
A modo enunciativo, la resolución comprende a las emisoras, las sociedades calificadoras de riesgo, sociedades gerentes de fondos comunes de inversión, entidades financieras, cámaras de compensación, bolsas de comercio sin mercados de valores adheridos, agentes colocadores integrales y entidades de compensación y liquidación.
En la mayoría de los casos, la norma determina que las instituciones deben presentar sus estatutos vigentes, estados contables, nóminas de empleados y organigramas, actas de asambleas y directorios, manuales de procedimientos de control interno y de operaciones con el Banco Central de la Nación Argentina.
Además, la norma estipula que los sujetos pormenoricen las actas de las comisiones fiscalizadoras así como elementos de cada entidad para asegurar la protección de los inversionistas, como el Código de Protección al Inversor vigente en cada una, informes mensuales de las transacciones, declaraciones juradas e informes de hechos inhabituales.
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