Dictan Falta de Merito a Menem en la Causa por la Explosión en Río Tercero

En el marco de la causa donde se investiga la explosión ocurrida en el año 1995 en la Fábrica Militar de Río Tercero que le provocó la muerte a siete civiles e hirió a otros 300, la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba dictó la falta de mérito para el ex presidente Carlos Menem.

 

De esta manera, los jueces que integran la Sala A revocaron la sentencia de primera instancia, emitida por el juez federal subrogante de Río Cuarto, Oscar Valentinuzzi, que había dispuesto el procesamiento sin prisión preventiva para el ex presidente, por el delito de estrago doloso agravado por la muerte de personas, entendiendo los camaristas que “no existe nada hasta el presente mérito para ordenar el procesamiento ni el sobreseimiento del nombrado en orden al citado delito”.

 

Según lo sostenido por los camaristas, en el presente caso “no ha resultado factible a la instrucción obtener constancias relativas a la posible responsabilidad que se achaca a Carlos Saúl Menem, siendo que la prueba producida hasta el momento no ofrece elementos relevantes en esta dirección”, a la vez que ordenaron al juez de instrucción, Carlos Ochoa, "procurar -a la brevedad posible- la recolección de eventuales nuevas pruebas que confirmen o descarten su presunción originaria fijada en la acusación realizada por el propio juez federal subrogante"

 

Menem había sido imputado en la causa por la presunta intención de borrar pruebas del supuesto tráfico ilegal de armas a Croacia y Ecuador.

 

Junto con la revocación del procesamiento de Menem, la Sala A también dictó el sobreseimiento del ex secretario de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa, Heriberto Baeza González.

 

 

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