Uruguay
El IRPF y las Rentas del Exterior: Próximo Vencimiento

Entre el 7 y el 15 de mayo de 2019 vencerá el plazo para la presentación de la declaración jurada y pago del IRPF sobre las rentas de fuente extranjera. Este vencimiento se aplica a aquellos contribuyentes que hubieren optado por pagar el impuesto anónimamente, es decir, a través de una entidad offshore –de baja o nula tributación-- que haya designado en Uruguay un representante para fines tributarios.

 

Conviene recordar que a partir del ejercicio 2017 se amplió el espectro de rentas de fuente extranjera gravadas por el IRPF: en los casos en que la persona física residente utilice un vehículo en una jurisdicción de baja o nula tributación para canalizar sus colocaciones en el exterior, el IRPF ha incluido también a los rendimientos de capital inmobiliario (por ejemplo: alquileres de inmuebles en el exterior) y los incrementos patrimoniales (como las ganancias derivadas de la venta de activos en el exterior, activos financieros incluidos).

 

Los contribuyentes que liquiden el impuesto en forma personal, esto es, a nombre propio (y no a través de una entidad offshore de baja o nula tributación), deberán presentar la correspondiente declaración jurada entre el 27 de junio y el 26 de agosto de 2019, junto con las demás rentas de fuente local sujetas  a IRPF.

 

 

Bergstein Abogados
Ver Perfil

Opinión

Alcances de la limitación de la Ley Bases a la presunción del art. 23 de la Ley de Contrato de Trabajo. Conflicto entre la reforma y los principios estructurales del derecho laboral
Por Nicolás Roberti Kamuh
Malatesta, Roberti Kamuh & Garramuño (MRKG)
opinión
ver todos

El debate sobre la constitucionalidad de la tasa de estadística continua
Por Ramiro Cassullo Blanco
Ryan Lussich & Asociados

Las enseñanzas legales del caso El Eternauta
Por Laura de Achával
Achával IP & Asoc.

¿Y si $LIBRA no fuese delito?
Por Santiago Kent
Estudio Kent

detrás del traje
Juan Novillo Astrada
De BOUREL & PARIS-LAPLACE
Nos apoyan