Establecen Horario de Atención y Trámites que Podrán Realizarse ante la IGJ Durante el Receso de Enero

La Inspección General de Justicia (IGJ) determinó por medio de la Resolución General 4/2011, una serie de previsiones relativas a horarios de atención, a la recepción de trámites y diligencias durante el mes de enero de 2012.

 

En los considerandos, el organismo remarcó que “durante el mes de enero se inicia el período de feria judicial, lo que ocasiona que disminuya el flujo de trámites que se inician ante la IGJ, por lo que resulta conveniente que una parte sustancial del personal tome su licencia anual durante dicho mes”.

 

En base a ello, sostuvo que “resulta necesario para la optimización de las funciones a cargo de la IGJ, adoptar previsiones relativas a horarios de atención y recepción de trámites a fin de compatibilizar con la disponibilidad de recursos humanos”.

 

De acuerdo a la mencionada Resolución, durante el mes de enero de 2012, el horario de atención de la mesa de entradas “para la totalidad de los trámites será de 9:30 a 12 horas, salvo aquellos trámites urgentes correspondientes al Departamento de Precalificación, los cuales se recibirán de 8 a 9 horas”.

 

A su vez, la IGJ estableció que la intervención y rúbrica de libros se formalizará de 11 a 12 hs. y los restantes urgentes de 11 a 13 hs., mientras que los trámites señalados como urgentes se expedirán en 96 horas.

 

La normativa aclara que sólo se receptarán aquellas oficios judiciales que tengan carácter de urgente, entendiendo por tales a  “a) Los librados mediando habilitación judicial de feria que resulte de auto ordenatorio o del cuerpo del despacho; b) Los provenientes de Tribunales Federales y de otros con competencia en materia penal y correccional; c) Los provenientes de organismos instructorios en materia penal; d) Otros que por razonable analogía, se puedan considerar comprendidos en el presente artículo”.

 

La IGJ estableció que no se recibirán declaraciones juradas conforme lo dispuesto por la Res. 2/11 ni otorgarán turnos para la presentación de las declaraciones juradas de las sociedades, tampoco los requerimientos de organismo, pedidos de expedición de testimonios ni certificados y desarchivos de actuaciones, solicitudes de inspectores y presentaciones de los sistemas de ahorro y capitalización.

 

Por último, cabe remarcar que la normativa determina que “no se dará curso a contestaciones de vistas y emplazamientos, intimaciones o requerimientos notificados con anterioridad al 30 de diciembre de 2011, excepto los trámites correspondientes al Departamento de Precalificación y Oficina de Sociedades Extranjeras”, aclarando que “su plazo se considerará suspendido automáticamente a partir del 30 de diciembre de 2011 y se reanudará automáticamente el 1º de febrero de 2012”.

 

 

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