Extensión de los plazos aplicables al ingreso y liquidación de divisas

El 28 de noviembre de 2024, el Banco Central de la República Argentina ("BCRA") emitió la Comunicación "A" 8137 (la “Comunicación”) extendiendo los plazos aplicables para el ingreso y liquidación de divisas por ciertas operaciones a través del mercado libre de cambios (el “MLC”). Con esta nueva Comunicación, el BCRA continúa buscando flexibilizar el régimen cambiario actual.

 

La Comunicación dispone:

 

  • Establecer un plazo de 30 días corridos para el ingreso y liquidación de cobros de exportaciones por un conjunto de bienes; 
  • Ampliar a 20 días hábiles el plazo para ingresar y liquidar divisas desde su cobro en caso de exportaciones de bienes y servicios, por enajenación de activos no financieros no producidos, por cobros de anticipos de exportaciones, prefinanciaciones y postfinanciaciones, entre otros conceptos;
  • Reducir a 30 días corridos el plazo para acceder al MLC para el pago de importaciones de servicios que encuadren en el concepto “S24. Otros servicios personales, culturales y recreativos” cuando sean prestados por contrapartes no vinculadas al importador a partir del 29.11.2024;
  • No computar los activos externos líquidos recibidos como desembolsos bajo endeudamientos financieros del exterior a los efectos del límite de USD 100.000 para acceder al MLC en la medida que se cumpla con ciertos requisitos.

La Comunicación entró en vigencia el 28 de noviembre de 2024.

 

 

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