Fallo de la Corte Permite a los Jubilados que ya Ganaron un Juicio por Movilidad Volver a Reclamar una Actualización
La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió dejar sin efecto el criterio de cosa juzgada en una causa en donde se reclamaba el reajuste de los haberes jubilatorios. A partir de dicha postura, se modifica lo que venía ocurriendo hasta este momento, en donde si un jubilado obtenía una sentencia firme no podía plantear otro reclamo por movilidad  debido al principio de cosa juzgada. Debido a lo resuelto en la sentencia, los jubilados que ya ganaron un juicio por movilidad, podrán reclamar nuevamente la actualización de sus haberes. En el caso en cuestión, una jubilada ya había recibido un reajuste de sus haberes hasta marzo de 1995 por aplicación del fallo Chocobar, donde condicionaba todo reajuste de haberes jubilatorios a lo que dictara el Congreso Nacional Pero como la jubilada presentó nuevamente un reclamo por ajuste de haberes jubilatorios en el año 2005, tanto el juzgado federal, como la Cámara, rechazaron tal presentación por cosa juzgada. En el momento de resolver, la Corte cambió de postura y le aplicó a la jubilada el reajuste expresado en el caso Badaro. En caso de que se respetara el criterio de cosa juzgada, no cabría la posibilidad de que un jubilado al que se le haya aplicado la sentencia Chocobar pueda  reclamar ningún tipo de movilidad, a pesar de los cambios desde el 2002 que hubo en cuanto a condiciones económicas.  

 

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