La filial argentina de Swaco, firma de capitales de Estados Unidos, reclamó a la justicia que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) considere el denominado “ajuste por inflación” en el cobro del impuesto a las Ganancias.
Por su parte, la Corte Suprema falló a favor de la empresa, la cual exporta e importa productos industriales para el sector energético, considerando que tributar Ganancias sin valorar el efecto inflacionario puede tener características “confiscatorias”.
Asimismo, al no haberse aplicado el ajuste en 2002, se constató, a través de las pericias, que Swaco pagó por el impuesto el equivalente al 100% de su renta. Ahora la AFIP deberá devolver el dinero.
Con respecto a la decisión de la Corte, el fallo indicaba que "la prohibición de utilizar el mecanismo de ajuste (por inflación) resulta inaplicable al caso en la medida en que la alícuota efectiva a ingresar de acuerdo con esos parámetros insume una sustancial porción de las rentas obtenidas y excede cualquier límite razonable de imposición, configurándose así un supuesto de confiscatoriedad".
El punto esencial para que se haya tomado la decisión de aceptar los reclamos de la empresa fue que la Corte observó que con la inflación el tributo se llevaba una porción significativa de la renta.
Por otra parte, un antecedente favorable a la empresa Candy, propiedad de Arcor, marcó la base del fallo. En ese caso, la firma logró demostrar que el impuesto a las ganancias, con la inflación, asumía entre el 55% y el 62% de la renta en el año 2009.
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