Con fecha 28 de octubre de 2022, la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), dictó la Resolución General Nº 941/2022 (la “Resolución”), incorporando el tratamiento aplicable para las emisoras que elaboran estados financieros en moneda funcional distinta a la moneda de curso legal, modificando artículos del Capítulo III del Título IV de las Normas de CNV (las “Normas”) y del Capítulo I Título XVIII de las Normas conforme a sus Políticas Contables.
La modificación incorporada por la Resolución permite que las emisoras definan la política contable respecto a los “Otros Resultados Integrales” generados por las diferencias de conversión originadas en las cuentas de ganancias reservadas y resultados no asignados a los fines de fijar criterios uniformes.
En este sentido se adecuó tanto el cálculo de la reserva legal como el cómputo del límite del 20%, teniendo en cuenta las diferencias de conversión.
Las disposiciones de la Resolución se aplicarán en los estados contables del primer cierre de ejercicio anual posterior a su entrada en vigencia, que tuvo lugar el 29 de octubre de 2022.
Por Diego Serrano Redonnet y María Gabriela Grigioni
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