BKM | Berkemeyer recuerda que, hasta el 30 de junio de 2021, todas las personas jurídicas (iglesias, universidades, asociaciones, fundaciones, cooperativas, sociedades anónimas, simples, de responsabilidad limitada, sucursales, empresas por acciones simplificadas, etc.) y las estructuras jurídicas (fideicomisos y fondos patrimoniales de inversión) deben actualizar y/o confirmar los datos declarados en el Registro Administrativo de Personas y Estructuras Jurídicas y en el Registro de Beneficiarios Finales.
La falta de actualización en tiempo y forma es pasible de multas de entre 50 y 500 jornales mínimos diarios (entre G. 4.217.000 y G. 42.170.000), a ser aplicadas en el futuro.
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