Aplicarán Impuesto a la Herencia por Decreto
Por medio de la reglamentación de la Ley provincial  11.612 de Educación, aprobada en el año 1995 y ratificada en la nueva ley de 2007, el gobierno de la provincia de Buenos Aires  avanza sobre la aplicación del impuesto a la herencia denominado Impuesto a la Transmisión Gratuita de Activos. La mencionada normativa será reglamentada para que el gobierno provincial pueda cobrar el impuesto desde el año 2010. Desde la gobernación bonaerense, aseguran que tal impuesto no se aplicará sobre la clase media, sino que se impondrá a las herencias o donaciones que superen los 3,5 millones de pesos, mientras que la alícuota sería fijada entre el 4 y el 6 por ciento. La reglamentación será llevada a cabo por el titular de ARBA, Carlos Perelmiter, quien se encargará de los detalles técnicos de la reglamentación del impuesto a la herencia. La imposición del mencionado impuesto podría traer planteos judiciales, ya que el cobro del impuesto a la herencia por parte de las provincias se superpone con el Impuesto sobre los Bienes Personales  abonado por el titular de tales bienes  durante sus años de vida. Ante la Justicia, los contribuyentes podrían plantear la violación del principio de “no confiscatoriedad por suma de tributos”. La adopción de tal medida, se produce en un momento en el que el gobierno provincial necesita aumentar la presión fiscal mediante la creación de nuevos impuestos para intentar cubrir las cuentas provinciales. Si bien el ministro de Economía bonaerense, Alejandro Arlía, descartó la posibilidad de volver a emitir cuasimonedas, se encuentran evaluando nuevas fuentes de ingresos, tales como cobrar una mayor tasa a la transferencia de autos usados o aplicar desde el próximo año el revalúo inmobiliario aprobado en 2008.

 

Opinión

La lucha por el Derecho Ambiental
Por Horacio J. Franco (*)
Franco Abogados - Consultores Ambientales
detrás del traje
Franco Robiglio
De ROBIGLIO ABOGADOS
Nos apoyan