El 22/3/21 el BCRA dictó la Comunicación “C” 89476 que identifica a los exportadores e importadores que son sujetos obligados y deberán cumplir con el “Registro de información cambiaria de exportadores e importadores de bienes” creado por la Comunicación “A” 7200 del BCRA (el “Registro“).
Las siguientes empresas fueron identificadas para cumplir con el Registro por el BCRA:
Importadores
Exportadores
A partir del 1/5/21, quienes no hubieran cumplido con tal registro deberán obtener la autorización previa del BCRA para realizar cualquier pago al exterior a través del mercado de cambios (incluidos canjes y arbitrajes).
Por Hernán Camarero y Eduardo Bellocq
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