El BCRA incorpora beneficios para ciertas prefinanciaciones de exportaciones y endeudamientos financieros

A través de la Comunicación “A” 8296 de fecha 7 de agosto de 2025, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) modificó las Normas Cambiarias  estableciendo ciertos beneficios para los exportadores que liquiden en el Mercado Libre de Cambios (“MLC”) nuevas prefinanciaciones de exportaciones con ciertas características  u otros endeudamientos financieros. 

Condiciones de las prefinanciaciones: A fin de obtener los beneficios enumerados seguidamente, las nuevas prefinanciaciones de exportaciones deberán: (i) haber sido ingresadas y liquidadas a través del MLC a partir del 8 de agosto de 2025;  (ii) contar con una vida promedio no inferior a 3 años con 1 año de gracia (mínimo) para el pago de capital, o alternativamente, una vida promedio no inferior a 2 años con 18 meses de gracia para el pago de capital; y (iii) haber sido otorgadas por entidades financieras del exterior o por entidades financieras locales (con fondeo de líneas de crédito del exterior).

Beneficios para las prefinanciaciones: Los exportadores que hubieran ingresado y liquidado estas prefinanciaciones, podrán: (i) acumular fondos en moneda extranjera (en cuentas abiertas en entidades financieras locales o del exterior) para garantizar la cancelación de los vencimientos de la prefinanciación, por hasta un 125% de los servicios a abonar en el mes corriente y en los siguientes 6 meses calendario, según lo previsto en el contrato de financiamiento; y (ii) acceder al MLC para comprar moneda extranjera destinada a la constitución de garantías vinculadas a la prefinanciación.

Otros endeudamientos financieros: El BCRA incorporó, entre las operaciones habilitadas para aplicar cobros de exportaciones de bienes y servicios en el marco del mecanismo previsto en el Punto 7.9. de las Normas Cambiarias, a los nuevos endeudamientos financieros que se encuadren en el Punto 3.5 de las Normas Cambiarias, tengan una vida promedio no inferior a 2 años y al menos 18 meses de gracia para el pago de capital y sean ingresados y liquidados en el MLC a partir del 08 de agosto de 2025.
 

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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