Zang, Bergel & Viñes Abogados asesoró a Cresud S.A.C.I.F. y A. (“CRESUD”), respecto de emisión de la Segunda Serie de Obligaciones Negociables, Clase III y Clase IV, emitidas en el marco del Programa Global de Obligaciones Negociables de la Compañía, por la suma de hasta U$S 50.000.000 o su equivalente en otras monedas.
El 16 de julio 2010, Cresud, finalizó exitosamente la colocación de la Segunda Serie de Obligaciones Negociables por un valor total de $ 105.860.334, emitidas en dos clases, en el marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables por un valor nominal de hasta US$ 50.000.000.
Las Obligaciones Negociables Clase III tienen un Vencimiento a los 21 meses de su emisión, y por un valor nominal de $ 35.650.040, a un precio de emisión del 100% del valor nominal y a una tasa de corte Badlar Privada más 400 puntos básicos, pagadera por trimestre.
Las Obligaciones Negociables Clase IV tienen un Vencimiento a los 24 mesescorridos de su emisión, y por un valor nominal deUS$ 17.842.061 equivalente a Ps. 70.210.294, a un precio de emisión del 100% del valor nominal y a una tasa de corte 7,75% anual, pagadera por trimestre.
Banco Hipotecario, BACS Banco de Crédito y Securitización S.A., SBS Sociedad de Bolsa, Raymond James Argentina Sociedad de Bolsa y Allaria Ledesma & Cía. Sociedad de Bolsa, actuaron como agentes de colocación de las Obligaciones Negociables.
Zang, Bergel & Viñes Abogados actuó como asesor legal de Cresud a través de su socia Carolina Zang y los asociados María de los Ángeles del Prado, Pablo Schreiber y Erika Kurdziel.
Pérez Alati, Grondona, Benites, Arntsen & Martínez de Hoz actuó como asesor legal de los colocadores a través de su socio Diego Serrano Redonet y los asociados José Luis Foglia y Axel Hatrick.
Opinión
Kabas & Martorell
opinión
ver todosPASBBA
NORDELTA S.A.
Alfaro Abogados
Berton Moreno IP Law