A través de la Acordada 16/14, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió elevar el monto que se encuentra regulado en el artículo 242 del Código Procesal Civil y Comercial.
En este concepto, el incremento fue de 20.000 a 50.000 pesos para que proceda la apelación de las sentencias definitivas y de las demás resoluciones en los procesos judiciales.
El incremento del monto en cuestión responde a una regulación legal vigente que dispone que el Máximo Tribunal tiene la obligación de adecuar anualmente el valor citado, de corresponder.
Cabe señalar que la disposición, vinculada a las sentencias definitivas y resoluciones sin importar su naturaleza, entró ayer en vigor para las demandas o reconvenciones que se presenten desde esa fecha.
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