El 26 de septiembre de 2025, el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) emitió la Comunicación “A” 8336, que hizo aplicable a todas las personas humanas la restricción previamente establecida para personas humanas vinculadas a entidades financieras (haga clic aquí para ver nuestra publicación al respecto) de concertar, de manera directa o indirecta o por cuenta y orden de terceros, compras de títulos valores con liquidación en moneda extranjera dentro de los 90 (noventa) días corridos de haber accedido al mercado libre de cambios.
Opinión
Bruchou & Funes de Rioja



















































































































