Fundamentos de los seguros comerciales en los Estados Unidos

Por Peter A. Baumgaertner y Jeffrey A. Kiburtz
Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP

 

No resulta llamativo hallar significantes diferencias si uno compara cómo se desarrollan los negocios en Estados Unidos de América en relación con América Latina. Mientras existen muchas empresas norteamericanas con experiencia operando en el sur, es un fenómeno novedoso encontrar empresas latinoamericanas invirtiendo en terrenos extranjeros y observar cómo éstas se esfuerzan por comprender la legislación y las costumbres de otros lugares.Entre las diferencias aludidas  se encuentra la profunda historia que existe en  Estados Unidos en el área de seguros, en donde, las empresas medianas y grandes usualmente contratan distintos tipos de seguros con la expectativa de que, en caso de resultar necesario, sus aseguradoras pagarán los reclamos de acuerdo a las cláusulas acordadas en las pólizas suscriptas. En caso de no ser así, pueden demandarlas ante los tribunales correspondientes, aprovechando que las leyes que existen en muchos estados  tienden a proteger los derechos de los asegurados y la existencia de una justicia generalmente experimentada en temas de seguros (dependiendo en el estado, localidad y el juez interviniente). A continuación abordaremos algunos temas básicos relativos a los seguros y a los tipos de contratos más comunes presentes en dicha área en el ambiente empresarial de los Estados Unidos.

 

I. Conceptos Básicos de Seguros

 

A. Regulación de Seguros

 

En relación a la regulación de seguros en los Estados Unidos, uno de los aspectos más importante que debe entenderse es que los seguros son contratos, y, en consecuencia, en contadas excepciones los tribunales seguirán el sentido literal de sus cláusulas. Ello favorece tremendamente al asegurado, pero no significa que el juez vaya a “re-escribir” la cláusula a fin de obtener una resolución favorable para el asegurado. Por esto, es muy importante comprender adecuadamente el contenido de las cláusulas y las excepciones de la cobertura ofrecida.

 

En ese sentido, si bien existen algunas líneas de  contratos de seguros en las que no se observa mucha variación en su contenido (por ejemplo, seguros de riesgo de trabajo, conocido como “Workers' Compensation”), existen otros menos estandarizados en los que su contenido puede variar significativamente (especialmente, por ejemplo, las pólizas de directores y funcionarios ,“Directors & Officers Liability”, así como las de riesgos tecnológicos y brecha de privacidad, “Cyber”or “Privacy”).

 

En general los seguros se encuentran regulados exclusivamente a nivel estatal (no del gobierno federal), y pueden advertirse variaciones importantes en las leyes de seguros de los diferentes estados, dependiendo ello de la relevancia relativa de las aseguradoras en la economía local. Es interesante destacar que a pesar de tener el ámbito de los segurosun nivel de intervención gubernamental relativamente importante, no se cuenta con la asistencia de una agencia pública en caso de plantearse una disputa con una aseguradora, mas que nada en el área comercial.

 

Como punto final, en lo que refiere a la regulación de seguros, tal como sucede frecuentemente en los Estados Unidos, las regulaciones más importantes no provienen directamente de una ley sino del “mercado.” De esta manera, aunque la legislación muchas veces exige  contar con una cobertura determinada (por ejemplo, bancoso corredores de acciones deben mantener ciertos seguros por ley), en definitiva la necesidad práctica de contar con un seguro proviene de las contrapartes de los contratos comerciales y, de una expectativa general acerca de que las empresas contratan las coberturas que les corresponde de acuerdo a los riesgos que enfrentan.

 

B.  Tipos Básicos de Seguros

 

Básicamente, existen dos tipos de seguros –seguros de propiedad (“first party insurance”), y  responsabilidad contra terceros (“third party insurance”).

 

El primero opera cuando el asegurado o su propiedad sufren algún daño directo. En ese caso, para reclamar el pago del seguro a la aseguradora, el asegurado debe, luego de ocurrido el siniestro, presentar pruebas de la existencia del daño y del valor de la propiedad dañada.

 

El segundo, responsabilidad contra terceros, ofrece protección contra las demandas entabladas por terceros en las que los daños reclamados se encuentren cubiertos por el contrato.La “protección” aquí consiste en dos obligaciones distintas, por un lado la de contratar un abogado para presentar una defensa en nombre del asegurado (conocido como “duty to defend”) y, por otro, la indemnización del asegurado en caso de un fallo en su contra (“duty to indemnify”).

 

II. Seguros Comúnmente Vistos en el Ambiente Empresarial

 

A. Commercial Package (Property, Inland Marine, CGL, Auto)

 

En el ámbito empresarial las aseguradoras típicamente ofrecen un paquete conformado por los seguros más comunes (conocido como "Commercial Package Policy") que generalmente incluye tanto seguros de propiedad como de responsabilidad contra terceros.

 

En general, la póliza más importante del primer grupo  simplemente se denomina "Property Policy", la cual proveé de una cobertura a la propiedad real, a los inmuebles y a la propiedad personal ubicada en las locaciones aseguradas. Los riesgos comúnmente cubiertos en éstas incluyen siniestros por acción del viento, heladas, lluvias, incendios, inundaciones, terremotos y otros. Existen otros tipos de coberturas en esta clase, tales como las que cubren la propiedad en tránsito (“Inland Marine”), automóviles (“Auto”), robos cometidos por empleados u otras personas dentro de la empresa (“Fidelity”), y en forma limitada, al que pueda conferirse a computadoras y a otros activos relacionados con la tecnología (una cobertura más completa requiere de pólizas especializadas, conocidas como “Cyber Policy”).

 

Dentro del grupo de seguros de responsabilidad contra terceros las coberturas más importantes son las relativas a responsabilidad civil en general (“Commercial General Liability” o “CGL Policy”) y de automóvil (“Auto Policy”). Esta última es una póliza que se utiliza cuando se producen daños físicos a personas o a la propiedad como resultado de la negligencia del asegurado en el uso de un automóvil cubierto.

 

Entre las coberturas contra terceros más frecuentemente utilizadas se encuentra la CGL, cuya finalidad es la cobertura por daños físicos conferidos a personas o a la propiedad como resulto de un acto negligente del asegurado. También existen coberturas por los daños económicos que pudieran producirse ante determinados actos considerados (como violatorios de la privacidad o ante una intrusión física en la propiedad de otro).

 

Comúnmente se encuentran excluidos de las coberturas determinados riesgos tales como los asbestos, la contaminación medioambiental y el daño físico a los bienes fabricados por parte del asegurado. A veces la exclusión de una CGL refleja, sin embargo, la existencia de otra póliza que contempla el riesgo excluido, como sucede en el caso de los riesgos relacionados con automóviles o empleados, excluidos de una CGL e incluidos en las pólizas de Auto y Employer's Liability, respectivamente.

 

B.  Employer’s Liability/Workers’ Compensation/Employment Practices Insurance

 

Tener empleados implica tener riesgos y éstos deben cubrirse, aunque con limitaciones, a través de la suscripción de pólizas especialmente contempladas para dichas situaciones. Existen cuatro coberturas distintas frecuentemente utilizadas en el ambiente comercial.

 

Con variaciones significativas entre los estados (otra vez se advierte la supremacía que tienen los estados en áreas que en otros países frecuentemente se encontrarían en la jurisdicción federal) existen sistemas alternativos a los tribunales ordinarios para determinar la compensación que es debida cuando un empleado sufre lesiones durante su trabajo. Estos sistemas típicamente se llaman “Worker's Compensation” y su finalidad es proveer al empleado de una compensación justa -que en general se encuentra por debajo de lo que le correspondería por las mismas lesiones en el sistema normal- pero su obtención es más ágil y menos costosa. Cabe destacar que hay muchos estados en los que el empleador no puede optar por este tipo de sistemas sin contar previamente con un seguro de “Worker's Compensation” que haga frente a las indemnizaciones que se otorgarían a los empleados en el sistema alternativo.

 

La existencia de estos sistemas de “Worker's Compensation” no implica necesariamente que las demandas entabladas contra los empleadores se terminen resolviendo siempre por fuera de las tribunales ordinarios. Por el contrario, los empleadores son demandados ante los tribunales ordinarios por  lesiones físicas no incluidas en el sistema de “Worker's Compensation,” como las sufridas por terceros (como empleados de sub-contratistas) durante el horario laboral. Por este motivo, muchas pólizas de “Worker's Compensation” también incluyen  una cobertura de “Employer's Liability,” que responde a reclamos relacionados con el empleo pero no incluidos en el sistema de “Worker’s Compensation.” Los tribunales ordinarios también son competentes para resolver las contiendas que relacionadas con la administración y el trato con sus empleados (por ejemplo, demandas por discriminación sexual o de edad). Estos riesgos son cubiertos con otra tipo de póliza (separada de la de “Worker's Compensation” y “Employer’s Liability”) denominada “Employment Practices Liability Insurance” o “EPLI.”

 

La cuarta categoría de coberturas para empleadores se relaciona con los beneficios que se provén a los empleados. Las dos más comunes son, en primer lugar, la denominada “Employee Benefits Administration,” que en general se encuentra adjunta a una póliza de CGL y se  utiliza ante la negligencia en la administración de beneficios de empleados. La segunda, engañosamente similar, pero distinta, es la cobertura ofrecida por un “Fiduciary Liability Policy,” que también provee cobertura por responsabilidad por cuestiones vinculadas con beneficios de empleados, con la diferencia de que la cobertura responde en casos de decisiones más complejas y requiere discreción por parte del asegurado. Por ejemplo: la responsabilidad por haber omitido contratar el seguro de vida de un empleado es más probablemente un riesgo cubierto por una póliza de “Employee Benefits Administration,” en tanto la responsabilidad proveniente por haber invertido las pensiones de los empleados en una empresa insolvente corresponde a una póliza de “Fiduciary Liability.”

 

C. Directors & Officers Liability Insurance

 

Las pólizas de “Directors & Officers (D&O)” reciben mucha atención en general  porque ofrecen protección a los directores y funcionarios de compañías  en caso de tener que enfrentar demandas directas en contra de ellos, algo que en  Estados Unidos es excepcional dado que una sociedad anónima formada y operada adecuadamente ofrece mucha protección a las directores y funcionarios. Sin embargo, a pesar de su nombre y de su reputación, una póliza de “D&O Liability” no cubre solamente a los directores y funcionarios de una empresa sino que más bien tiene tres coberturas distintas: la primera (se llama “Side A”) cubre a una persona  (como un director) cuando la empresa asegurada no puede indemnizarla por encontrarse prohibido ello por ley o porque encontrarse en quiebra o en situación de insolvencia; la segunda (“Side B”) obliga a la aseguradora a reembolsar a la empresa asegurada cuando la empresa ha indemnizado a una persona por un riesgo cubierto y, finalmente, la tercera (“Side C”) provee cobertura directa a la empresa asegurada. La cobertura ofrecida en una póliza de D&O es extremadamente amplia aunque sujeta a limitaciones importantes, entre ellas, algunas excluyen demandas entre asegurados (como las de los acreedores en contra de directores en caso de insolvencia), reclamos por lesiones físicas, violaciones a las leyes anticompetitivas, así como temas vinculados con medioambiente, entre otras. Sin embargo, con pocas excepciones, se encuentra que las aseguradoras en general son muy dispuestas a cambiar cláusulas de una póliza de D&O, y si no, que haya otra aseguradora lista para ofrecer términos mas favorables.

 

III. Otros Seguros

 

Los seguros referidos son los más comunes aunque existe una cantidad innumerable de seguros especializados, tales como responsabilidad civil profesional, aviones, errores y omisiones tecnológicos, medioambiente, cyber, privacidad, medios, riesgo político, por mencionar algunos.

 

 

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