El 29 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición N° 52/2026 de la Oficina Nacional de Contrataciones (la “Disposición”), mediante la cual se establece que los interesados en participar en las subastas públicas destinadas a materializar las privatizaciones que se lleven a cabo a través de la plataforma SUBAST.AR deberán inscribirse previamente en el módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del sistema CONTRAT.AR.
Asimismo, la Disposición establece que quienes ya se encuentren inscriptos en el módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, así como quienes se encuentren inscriptos en el módulo “Concesionarios Ley N° 17.520” del Sistema CONTRAT.AR, podrán participar en las subastas públicas que se realicen en el Sistema SUBAST.AR para materializar las privatizaciones previstas en las Leyes Nros. 27.742 y 23.696.
A los fines de utilizar el Sistema SUBAST.AR, la Disposición dispone que los interesados comprendidos en los supuestos anteriores deberán declararse también como oferentes en dicho sistema. No obstante, quienes se encuentren incorporados al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), una vez completada la inscripción y validación en el módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del sistema CONTRAT.AR, quedarán eximidos de dicha obligación.
Por último, la Disposición aclara que el usuario declarado o que se declare como Administrador Legitimado en el Sistema SUBAST.AR y/o validado en el Sistema COMPR.AR deberá ser el mismo que hubiera sido designado y validado como tal en el módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” o “Concesionarios Ley N° 17.520” de la plataforma CONTRAT.AR, conforme a la información y documentación vigente al momento de la inscripción o de su última actualización.
Por Oscar Aguilar Valdez y Agustín Rodríguez
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