Art铆culos
Mi茅rcoles 25 de Marzo de 2009
Intenta la ANSES Designar Directores en las Empresas
Dos Minutos de Doctrina
Por Dami谩n Rodr铆guez Peluffo y Lucila Primogerio
Estudio Negri & Teijeiro Abogados
Seg煤n el Bolet铆n Diario de la Bolsa, la ANSES (Administraci贸n Nacional de la Seguridad Social) notific贸 su voluntad de votar acumulativamente en las asambleas de algunas sociedades cotizantes para elegir directores. El r茅gimen de voto acumulativo permite la designaci贸n de hasta un tercio de los cargos del directorio y la comisi贸n fiscalizadora. Sin embargo, existen restricciones legales, que hasta ahora pasaron inadvertidas para muchos, que hacen dif铆cil que la ANSES pueda alcanzar ese objetivo a menos que alcance un acuerdo con la empresa.
Con la eliminaci贸n del r茅gimen previsional de capitalizaci贸n y la transferencia de sus recursos a la ANSES, este organismo se transform贸 en accionista de todas (o casi todas) las sociedades cotizantes, que constituyen las grandes empresas del pa铆s. Con participaciones que en algunos casos superan el 10% del capital, la ANSES intenta ahora votar acumulativamente para designar autoridades en dichas empresas.
El voto acumulativo es un r茅gimen de elecci贸n de directores que permite la representaci贸n de las minor铆as en el directorio. El sistema permite cubrir hasta un tercio de las vacantes.1
En los directorios integrados por tres a cinco miembros, el voto acumulativo puede utilizarse para cubrir una vacante. Cuando est茅n integrados por seis a ocho miembros, pueden cubrirse hasta dos vacantes por este sistema; y as铆 sucesivamente.
Los accionistas que optan por este r茅gimen, multiplican el n煤mero de sus votos por el n煤mero de vacantes a cubrir para distribuirlos o acumularlos exclusivamente en candidatos cuyo n煤mero no exceda un tercio del directorio. El sistema puede utilizarse tambi茅n para elegir s铆ndicos, cuando exista comisi贸n fiscalizadora.
Cuanto mayor es el n煤mero de miembros del directorio, menor es el porcentaje requerido para cubrir una vacante por el voto acumulativo, por lo que las probabilidades de elegir un director aumentan. As铆, en un directorio de tres miembros har铆a falta que la ANSES supere el 25% de los votos. Ese porcentaje se reduce al 20% y 16,6% en los directorios integrados por cuatro o cinco miembros, respectivamente.
Sin embargo, existen limitaciones legales al ejercicio del derecho de voto por la ANSES, que hasta ahora pasaron inadvertidas para muchos, que constituyen un dif铆cil obst谩culo para que este organismo pueda lograr el objetivo de designar directores o s铆ndicos.
Abogados.com.ar Agradece la Colaboraci贸n del Estudio Negri & Teijeiro Abogados.
www.negri.com.ar
Opini贸n
La norma que no se pod铆a aplicar: La soluci贸n que brinda el Decreto 5/2026 y la paradoja de las exclusiones en contrataciones p煤blicas
Por
Ignacio Adri谩n Lerer (*)
opini贸n
ver todos
Reparaci贸n integral post-Ley de Bases: El retorno de la doctrina Aquino en la jurisprudencia laboral
Por Florencia Dur谩n (*)
elDial.com
elDial.com
Por Soledad Gonzalez
Barreiro
Barreiro
Por Carlos Rozen (**)
detr谩s del traje
De BAKER MCKENZIE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES



















































































































