La caducidad de instancia en una acción colectiva

En la causa “Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores c/Sancor Cooperativa de Seguros LTDA. s/Ordinario”, la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial se expidió sobre la apelación interpuesta por la parte actora contra la resolución que declaró la caducidad de la instancia en el expediente.

 

La Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores apeló la decisión del juez de primera instancia, que declaró el abandono del procedimiento. La asociación argumentó que, por tratarse de una acción colectiva y estar acumulada a otros expedientes, la caducidad no correspondía.

 

La Sala mencionada rechazó el recurso de apelación interpuesto y confirmó la caducidad de la instancia. Las juezas intervinientes fundamentaron su decisión en que la figura de la caducidad es aplicable a las acciones de incidencia colectiva y que el plazo legal del artículo 310, inciso 1° del CPCCN se cumplió sin que la parte actora realizara ninguna actividad que impulsara el proceso. Además, la Cámara señaló que la acumulación de los expedientes a una "clase consumeril" no impidió la caducidad, ya que cada caso mantiene su propia autonomía procesal.

 

Así resolvieron las Dras. Ballerini y Vásquez el pasado 18 del mes.

 

 

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