Uruguay
Medicamentos ‘Made in Uruguay’: La Nueva Figura de los Operadores Farmacéuticos

El último día de la Administración saliente -el pasado 28 de febrero-, y con el objetivo explícito de hacer de Uruguay un hub logístico regional en el sector farmacéutico para fomentar la inversión y generar empleo calificado, un decreto del Poder Ejecutivo creó una nueva figura jurídica: el «Operador Farmacéutico en Zona Franca» (“el Decreto”).

 

De acuerdo con el Decreto, Operador Farmacéutico es la empresa usuaria de zonas francas -o en vías de alcanzar esa calidad- que es autorizada por el Ministerio de Salud Pública («MSP») para ingresar medicamentos, materias primas y productos semielaborados a las zonas francas, con el objetivo de exportarlos a otros mercados.

 

Traducido en términos menos técnicos, diríamos que se trata de permitir al usuario de zona franca del sector farmacéutico, trabajar sobre medicamentos -terminados o no- para exportarlos al exterior, al amparo de exigencias administrativas y burocráticas más atenuadas.

 

En efecto, en la medida en que el destino final de los productos sea el exterior, los Operadores Farmacéuticos no necesitan contar con la representación exclusiva de los medicamentos ni registrarlos en Uruguay.  Sus depósitos podrán ser propios, o bien podrán tercerizar el almacenamiento y el acondicionamiento de los productos con empresas autorizadas por el MSP. También se contempla la posibilidad de obtener habilitaciones provisorias mientras se tramita la autorización definitiva, lo que acelera el inicio de las operaciones.

 

En síntesis, una nueva herramienta jurídica tendiente a reforzar el posicionamiento de nuestras zonas francas como hub regional para las empresas farmacéuticas.

 

 

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