El 11 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 1.117, que aprueba la Guía Técnica para la Capacitación de los Trabajadores en Prevención de los Riesgos Laborales.
La Guía Técnica contiene el marco operativo y técnico para dar cumplimiento a la obligación de capacitación dispuesta en el Decreto Supremo N° 44 (2023), reiterando y estableciendo, entre otros, que la capacitación:
- Es deber de todo empleador realizarla para sus trabajadores.
- Debe abordar temas relacionados con riesgos y sus efectos en la salud, medidas preventivas, prestaciones médicas, planes de gestión, etc.
- Debe tener una duración mínima de 8 horas y realizarse en un plazo máximo de 3 meses.
- Debe realizarse, al menos, cada dos años.
- Puede ser ejecutada directamente por el empleador o con la asistencia técnica del Organismo Administrador de la Ley N° 16.744, o a través de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) acreditados por el SENCE.
La Subsecretaría de Previsión Social pondrá a disposición un curso tipo en su sitio web.
La Guía Técnica incluye un Anexo Metodológico que fija las exigencias técnicas obligatorias para el diseño e implementación de la capacitación.
La Guía Técnica y el Anexo Metodológico entrarán en vigencia el 1 de noviembre de 2026.
Por Verónica García-Huidobro y Andrés Dighero
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